| El diccionario jurídico para menores dice: | |
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Juez:
Funcionario o autoridad que vela por el respeto a los derechos y garantías
de los ciudadanos. Dicta sentencias que todos estamos obligados a cumplir.
Puede actuar solo o en un Tribunal con otros Jueces. Fiscal:
Persona que defiende el interés público en los procedimientos judiciales
en que interviene, defendiendo en todo caso los intereses de los menores y
ejercitando la acción o acusación pública. También se conoce como
Ministerio Fiscal o ministerio Público. Psicólogo
perito: Persona que, por ser experta en la psicología, informa al Juez acerca
de los hechos del proceso que se refieran a ese aspecto. Abogado:
Persona que defiende tus derechos y tus legítimos intereses en juicio o
fuera de él. Funciones de los abogados:
Las obligaciones de los abogados para
con sus clientes son las siguientes: a)
Prestarles asesoramiento con respecto a sus derechos y
obligaciones, así como con respecto al funcionamiento del ordenamiento
jurídico, en tanto sea pertinente a los derechos y obligaciones de los
clientes; b)
Prestarles asistencia en todas las formas adecuadas, y adoptar
medidas jurídicas para protegerlos o defender sus intereses; c)
Prestarles asistencia ante los tribunales judiciales, otros
tribunales u organismos administrativos, cuando corresponda.
Patria
Potestad: Conjunto de derechos y deberes que tienen los padres sobre los hijos
menores de edad no emancipados (que no son mayores de edad). Pensión
Alimenticia: Cantidad de
dinero que, cada cierto tiempo, tiene que pagar el padre / madre, que se
haya separado o divorciado de su mujer / marido, a sus hijos menores
cuando éstos no vivan con él / ella. Perjudicado: Persona que ha sido dañada. Perjuicio:
Daño que se hace a alguien. Falso
Testimonio: Mentir en un juicio. Ejecución:
Actuación judicial o administrativa por la que se cumple lo acordado en
una resolución (decisión). Detención
Ilegal: Cuando se detiene a alguien sin respetar lo que las leyes establecen
para poder detener a alguien. Detener:
Quitar la libertad de movimiento a una persona durante un tiempo
determinado, por ser sospechosa de haber cometido un delito. Derecho:
Conjunto amplio de normas que regulan la conducta de las personas y la
forma en que se organiza la sociedad. Por tanto las posibilidades de hacer
o exigir todo aquello que la Ley o la autoridad establece a nuestro favor. Derecho
al Honor: Protección que tienen todos los ciudadanos a que no se dañe,
mediante actos provocados por otros, el respeto (la tolerancia), religión,
costumbres, etc. Que tienen todas las personas. Por ejemplo, se lesiona
(se daña) este derecho cuando te insultan o tú insultas, dicen cosas
falsas de ti, etc. (o lo haces tú a los demás). Deberes:
Todo aquello que estás obligado a hacer u omitir (no realizar). Cosa
juzgada: Asunto sobre el cual no se puede iniciar un juicio (también llamado
pleito) porque ya ha sido juzgado antes. Demanda:
Escrito que realiza una persona para que se inicie un proceso civil, en el
que solicita al Juez una sentencia (decisión) que sea favorable a su
petición. Demandado:
Persona a quien se le exige algo ante un Juez. Demandante: Persona que exige algo y lo hace ante un Juez. Constitución
Española: Ley más
importante de España en la que se recogen las partes en las que se divide
el Estado, el funcionamiento de sus órganos (Instituciones), además de
los derechos y libertades más importantes que tienen todas las personas. Convenio
regulador: Acuerdo de la
pareja cuando deciden separarse en el que se reparten el dinero y las
cosas que tenían juntos y deciden cómo se va a vivir con los hijos, cómo
se reparten la casa en la que vivían, etc Cómplice:
Persona que ayuda a cometer un delito o falta, pese a no ser autor el cómplice
es igualmente responsable del delito o falta. Violencia:
Que actúa con fuerza, contra otro, con intención de hacerle daño. Puede
ser física (darle un puñetazo) o psicológica (decir mentiras de él,
dejarle en mal lugar, etc.) Vista:
Acto que se celebra en los procesos judiciales en el que las partes se
presentan ante el juez para que éste oiga todo lo que tengan que decir,
bien hablando, entregando pruebas, etc. Puede ser pública o a puerta
cerrada. Sentencia:
Decisión que toma el Juez y que pone fin al proceso, resolviendo sobre
todas las cuestiones planteadas por las partes. Régimen
de visitas: Horario que fijan
al padre y la madre que viven separados para que aquel de los dos no viva
con los hijos, pueda verles y estar con ellos. Prueba:
Lo que se utiliza en los juicios para demostrar que una cosa es verdad.
Por ejemplo, podemos utilizar:
Procurador: Es la persona que representa a su cliente en un juicio. Principio
de legalidad: En general
significa que todas las personas tenemos que cumplir las leyes. En un
sentido penal, consiste en que un hecho no es delito si no lo dice una
Ley, en que no se puede imponer una pena que no esté prevista en una Ley
y en que no se puede imponer a nadie una pena sin realizar antes un
juicio. Premeditación: Preparar o diseñar la comisión de un delito. Presunción
de inocencia: Derecho que
tiene el detenido a ser considerado inocente mientras no se demuestre que
es culpable con pruebas suficientes. |
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